EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE AMBATO
CONSIDERANDO:
En uso de las atribuciones legales que le confiere el artículo 126 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal;
EXPIDE:
La siguiente ORDENANZA QUE REGULA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS Y DE CARGA, POR EL PASO LATERAL DE AMBATO.
Art. 1 Los vehículos de transporte interprovincial de pasajeros y de carga provenientes de otras Provincias, obligatoriamente deberán circular por el Paso Lateral de la siguiente manera: aquellos que vienen desde el norte y se dirijan al sur, ingresarán a esta vía, por el intercambiador ubicado en las inmediaciones
del Parque Industrial; aquellos que provengan del sur, y se dirijan hacia el norte, lo harán por el intercambiador ubicado en Huachi Grande; los que provengan de la Región Oriental, ingresarán al Paso Lateral, por el intercambiador ubicado en el sector de Quebrada Seca; los que provengan o se dirijan hacia la Provincia de Bolívar y hacia la Costa, por la carretera que conduce a Guaranda, se enlazarán con el Paso Lateral, utilizando la avenida José Peralta, y la Panamericana Sur, desde el distribuidor de Huachi Chico, hasta el intercambiador de Huachi Grande.
Art. 2 Los vehículos de carga que transporten mercadería desde y hacia el Mercado Mayorista de Ambato y los vehículos tanqueros que transporten combustible desde y hacia la Terminal de Combustibles de Petrocomercial, ubicada en la Avenida Los Atis, igualmente circularán por el Paso Lateral, enlazándose con estos lugares a través de la avenida Bolivariana, desde el intercambiador de Quebrada Seca; los que provengan desde Guaranda, circularán por la avenida José Peralta, distribuidor de Huachi Chico, se dirigirán por la avenida Julio Jaramillo hasta los tanques de Petrocomercial.
Art. 3 Únicamente los vehículos de transporte de pasajeros, de otros cantones de la Provincia de Tungurahua, que realizan viajes interprovinciales, podrán acceder al Terminal Terrestre de la ciudad, utilizando las vías que determinará la Unidad de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Ambato
Art. 4 La Jefatura Provincial de Tránsito de Tungurahua de la Policía Nacional, adoptará las medidas necesarias de control, vigilancia y sanción, para que se de cumplimiento a las disposiciones de esta Ordenanza.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.-
Esta circulación se realizará de manera obligatoria, una vez que haya sido culminada la construcción del Paso Lateral de Ambato y se encuentre habilitado el tránsito por el mismo.
DISPOSICIONES GENERALES.-
Primera.- La presente Ordenanza una vez promulgada, se divulgará a través de los medios de comunicación escritos, para que sea de conocimiento general de la colectividad, tanto a nivel local, como nacional.
Segunda.- La Secretaria Municipal enviará copia certificada de esta Ordenanza al Consejo Provincial de Tránsito y Transporte Terrestre, y a la Jefatura Provincial de Tránsito de Tungurahua, para que ésta última, en conocimiento de su contenido, instruya a sus miembros para su estricto cumplimiento.
DISPOSICIÓN FINAL.-
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de la fecha de su promulgación, derogándose cualquier norma, regulación o disposición, de igual o menor jerarquía, que se le oponga.
Dado en Ambato a los veintiún días del mes de junio de dos mil cinco.
Arq. Fernando Callejas Barona Lic. Ciro Gómez Vargas
Alcalde de Ambato Secretario del I. Concejo Cantonal
CERTIFICO: Que la ORDENANZA QUE REGULA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE INTERPOVINCIAL DE PASAJEROS Y DE CARGA, POR EL PASO LATERAL DE AMBATO, fue discutida y aprobada por el Ilustre Concejo Cantonal de Ambato en sesiones ordinarias de los días martes 14 y 21 de junio de 2005, habiéndose aprobado su redacción en la última de las sesiones indicadas.
Lic. Ciro Gómez Vargas
Secretario del I. Concejo Cantonal
SECRETARÍA DEL I. CONCEJO CANTONAL DE AMBATO.-
Ambato, 27 de junio de 2005
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, pásese el original y las copias de la ORDENANZA QUE REGULA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE PASAJEROS Y DE CARGA, POR EL PASO LATERAL DE AMBATO, al señor Alcalde para su sanción y promulgación.
Lic. Ciro Gómez Vargas Ing. Patricio Mosquera García
Secretario del I. Concejo Cantonal Vicepresidente I. Concejo Cantonal
ALCALDÍA DEL CANTÓN AMBATO.-
Ambato, 28 de junio de 2005
Ejecútese y publíquese.
Arq. Fernando Callejas Barona
Alcalde de Ambato
Proveyó y firmó el decreto que antecede el señor arquitecto Fernando Callejas Barona, Alcalde de Ambato, el veintiocho de junio de dos mil cinco.- CERTIFICO:
Lic. Ciro Gómez Vargas
Secretario del I. Concejo Cantonal
La presente ordenanza, fue publicada el treinta de junio de dos mil cinco.- CERTIFICO:
Lic. Ciro Gómez Vargas
Secretario del I. Concejo Cantonal